Fondo de Pensiones para el Bienestar Establecerá Sueldo Base y Beneficiará a 45 millones de Mexicanos, Morena

Fondo de Pensiones para el Bienestar Establecerá Sueldo Base y Beneficiará a 45 millones de Mexicanos, Morena

abril 10, 2024 Desactivado Por Edgar Amigón Dominguez

La creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar tiene como finalidad establecer un sueldo base que va de los 16 mil 400 pesos hasta los 18 mil pesos mensuales tanto para trabajadores del Seguro Social como del ISSSSTE, aseguró el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, Ignacio Mier Velazco.

El diputado es autor de la iniciativa que reforman, adicionan  y derogan diversas  disposiciones   de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto  del Fondo Nacional de la Vivienda  para los Trabajadores,  de la Ley del Instituto  de Seguridad  y Servicios  Sociales  de los Trabajadores del Estado, de la Ley de los Sistemas de Ahorro  para el Retiro, de la Ley Federal  de Presupuesto  y Responsabilidad   Hacendaria,  de la Ley Federal  para la Administración   y Enajenación  de Bienes del Sector Público.

Igualmente, del Decreto por el que se Extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo   Agropecuario, Rural, Forestal   y Pesquero, y se Abroga   su Ley Orgánica, publicado en el Diario Oficial   de la Federación el 29 de mayo de 2023, para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Mier Velazco manifestó que el propósito de este fondo es asegurar que 45 millones de trabajadoras y trabajadores mexicanos que se integraron a la actividad laboral después de la reforma del 97 “tengan al menos garantizado con el Fondo una pensión de 16 mil 400 pesos y hasta 18 mil 400 pesos mensuales, adicional a la pensión para adultos mayores”.

Por otro lado, el legislador explicó que de ninguna manera se afectan las Afores ni se violentan los contratos suscritos.

Abundó que, derivado de las reformas a la ley de 1997 y del 2006, se generó una gran incertidumbre para 45 millones de trabajadores que por diferentes razones no han tenido constancia en sus aportaciones a las Afores, por lo que corren el riesgo de recibir pensiones raquíticas que rondan los 2 mil 500 pesos mensuales.

La iniciativa, turnada a las comisiones de Seguridad Social para su dictaminación y de Hacienda y Crédito Público y Presupuesto, para su opinión, dice los siguiente:

Sin     perjuicio    de     lo    anterior,    las Administradoras de Fondos  para el Retiro, las instituciones que realicen funciones  similares    de   naturaleza    pública,    así como     la    prestadora     de servicios deberán transferir  los  recursos   de  las trabajadores a subcuentas al    momento     en    que    los trabajadores  cumplan  setenta  años, sin necesidad    de   resolución  judicial,  al Fondo  de Pensiones  para el Bienestar, debiendo  notificar   de cada  traspaso  al Instituto  el mismo  día en que se realice.

El Instituto   notificará al fiduciario del Fondo la subcuenta   a la que deberán aplicarse dichos recursos, en términos de las reglas de operación del mismo y demás    disposiciones aplicables.

El Fondo de Pensiones para el Bienestar contará con   un   Comité   Técnico   que deberá emitir   las reglas de operación sobre               la    recepción, administración, inversión,             entregas y rendimientos de recursos al Instituto.

El Instituto se coordinará con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los   Trabajadores   a efecto   de emitir, dentro del año previo a que el trabajador cumpla setenta años, el aviso a que se refiere el artículo   37 de   la   Ley del Instituto               del   Fondo   Nacional    de   la Vivienda para los Trabajadores.

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