Eliminan Diputados Requisito de la Escritura para Entregar la Posesión de Bienes Rematados

Eliminan Diputados Requisito de la Escritura para Entregar la Posesión de Bienes Rematados

abril 4, 2024 Desactivado Por Redacción Tecnoempresa

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que deroga el artículo 496 del Código Federal de Procedimientos Civiles, relativo a la posesión de bienes rematados.

De esta manera, la derogación del artículo 496 permite que el adjudicatario pueda tomar posesión de los bienes rematados sin el requisito de la escritura, para la cual se prevén, además, diversas facilidades como la suscripción por parte de la autoridad jurisdiccional y poder otorgarla sin requerir para ello al ejecutado. Destaca la importancia de dar mayor eficiencia al procedimiento de entrega de los bienes rematados. 

Refiere que el resolutivo es consecuencia de una sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de febrero de 2023, con relación a la inconstitucionalidad del artículo 496.

Ello, agrega, derivado de una demanda de juicio de amparo de la Financiera Rural donde argumentó que dicho artículo debe declararse inconstitucional y violatorio del derecho de propiedad.

Todo ello debido a que el requisito de escrituración como una formalidad previa para la entrega del bien adjudicado impide injustificadamente que se pueda disponer, usar y gozar de la cosa de la que ya se es propietario.

Bajo esta premisa, la formalización en escritura pública es un aspecto secundario que no constituye el derecho, sino que tiene efectos declarativos y permite que surta efectos ante terceros.

La diputada promovente de la reforma, Elizabeth Pérez Valdez (PRD), indicó que el dictamen refleja la importancia de dar mayor eficiencia al procedimiento de entrega de los bienes rematados.

 “Nadie podrá ser privado ni molestado en sus bienes sino en virtud de un juicio que cumpla con las formalidades esenciales del procedimiento”, por lo que la solicitud de otorgamiento de escritura pública a un adjudicatario o comprador   resulta una carga innecesaria cuando ya existe una determinación judicial al respecto.

Lo planteado en el dictamen, precisó, no solo se ajusta a derecho, sino que representa la indiscutible labor legislativa de analizar, modificar, derogar o abrogar leyes de manera que éstas evolucionen con las necesidades sociales y de no ser así se ajusten para convertirse no solo en derecho positivo sino también aplicable y congruente con lo que se demanda en la realidad.

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