Anuncia SAT Requisitos para personas físicas que busquen permanecer en el RESICO

Anuncia SAT Requisitos para personas físicas que busquen permanecer en el RESICO

enero 8, 2024 Desactivado Por Redacción Tecnoempresa

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) invita a las personas físicas a cumplir con sus obligaciones fiscales para que continúen con los beneficios que brinda el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), como:

Tasas mínimas para el pago del impuesto sobre la renta (ISR), que van de 1 a 2.5 por ciento.

Cálculo automático de impuestos.

Simplificación de precarga de información en las declaraciones.

Los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciban y se paguen efectivamente.

El pago del ISR se realiza de forma sencilla, rápida y eficaz.

Exención en el pago del ISR, para aquellos que se dediquen exclusivamente a actividades del sector primario y sus ingresos sean menores a 900 mil pesos al año, siempre y cuando hayan emitido facturas a sus clientes.

Por lo anterior, se les recuerda que para tributar o permanecer en este régimen, las personas físicas, deben:

Estar activos en el RFC.

Estar al corriente con sus obligaciones fiscales.

No encontrarse en el listado del 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Presentar los pagos provisionales, así como su declaración anual.

Tener ingresos efectivamente pagados menores a 3.5 millones de pesos al año.

Contar con e.firma y Buzón Tributario activo.

Las personas físicas que residan en el extranjero, que tengan uno o varios establecimientos permanentes en el país; cuenten con ingresos sujetos a regímenes fiscales preferentes, perciban ingresos que se refieren las fracciones III, IV, V y VI del artículo 94 de la Ley del ISR o sean socios o accionistas de personas morales, así como aquellos que incumplan con los requisitos y obligaciones arriba mencionados, no podrán tributar en los términos de este régimen.

En caso de requerir orientación respecto de su situación fiscal, se tiene a disposición de las personas contribuyentes los medios de contacto: OrientaSAT a través del Portal del SAT,  https://www.sat.gob.mx/personas/contacto

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