Pretende Congreso Legislar sobre Extorción Cibernética

Pretende Congreso Legislar sobre Extorción Cibernética

octubre 5, 2023 Desactivado Por Redacción Tecnoempresa

La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó una reforma a la Constitución Política para facultar al Congreso de la Unión a legislar en temas de extorsión y delitos cometidos por medio de nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Todo ello con el fin de que haya uniformidad en la prevención, persecución y sanción de este delito que cada vez es más común en México, afirmó su presidente del organismo, el diputado morenista Juan Ramiro Robledo Ruiz.

Lo anterior, en declaraciones a representantes de medios de comunicación, tras concluir una reunión de la Comisión donde se avaló el dictamen que reforma la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

“Lo que se propone es agregarle una atribución al Congreso, a las dos Cámaras, para que expida una Ley General, es decir, una ley que rige en todo el país en materia de extorsión y de delitos muy parecidos a la extorsión, modalidades que han estado inventándose por delincuentes y organizaciones delictivas. Son conductas nuevas que agravian socialmente al país, algunas han proliferado mucho”, sostuvo.

Aseguró que la Fiscalía General de la República (FGR) tiene particular interés y solicitó que se genere este primer instrumento, que es facultar al Congreso, para tratar de combatir esta nueva forma de delinquir.

Adelantó que “muy probablemente”, en los próximos meses redactarán o analizarán alguna iniciativa que provenga del Ejecutivo para elaborar esa Ley General, en donde se establecerán reglas de procedimiento de prevención y de coordinación que van a regir en todo el país.

“Lo que se pretende es que haya uniformidad en la prevención y persecución y sanción del delito de extorsión en México y otros delitos digitales”.

Robledo Ruiz expuso que en la reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales se aprobó otro dictamen para reformar los párrafos primero y segundo del inciso e) fracción III, del artículo 113 de la Constitución en materia combate a la corrupción y rendición de cuentas.

El cual “establecería que el Sistema Nacional Anticorrupción, a través de su comité coordinador, que rinde un informe anual sobre las prácticas anticorrupción, que han sugerido e inducido en todas las oficinas de la administración pública del país, se haga llegar también a la Cámara de Diputados, para que las conozca, opine, dicte puntos de acuerdo, haga sugerencias, lo discuta y lo debata”.

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