La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) inicio la investigación por posibles prácticas monopólicas absolutas en la contratación de servicios de tecnología (TIC) en el gobierno.
La Autoridad Investigadora de la Cofece inicio la investigación de oficio en los mercados relacionados la adquisición, arrendamiento, servicios de mantenimiento y servicios administrados de tecnologías de la información y comunicación (TIC) en el territorio nacional.
La investigación abarca los procedimientos de compra y/o arrendamiento de productos como computadoras de escritorio y portátiles, televisiones, fotocopiadoras, cámaras para cómputo, equipos de almacenamiento y productos relacionados, en el territorio nacional.
Adicionalmente, la investigación incluye la contratación o compra de TIC´s como servicios de transmisión, licenciamiento de software, servidores de internet. Asimismo, se contemplan los servicios de mantenimiento y servicios administrados relacionados con TIC
En ese sentido cualquier procedimiento de contrataciones de gobierno a través de compras públicas en el mercado TIC podría formar parte de esta investigación.
Las prácticas monopólicas absolutas son contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones; así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas anteriores.
Esta investigación, identificada con el expediente IO-001-2022; no ha identificado hasta el momento; violaciones a la normatividad en materia de competencia económica.
El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir del 31 de marzo de 2022, fecha de inicio de la investigación. El plazo cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.
Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que presuman una violación a la Ley, los responsables serán llamados a un procedimiento para que presenten su defensa.
De comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta por el 10% de sus ingresos.
También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían ser sancionados con prisión de conformidad con el Código Penal hasta por 10 años.
No obstante, es importante mencionar que quienes hayan participado en una conducta de este tipo pueden acogerse a los beneficios del Programa de Inmunidad y Reducción de Sanciones que ofrece la Comisión.
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