Fortalecimiento Familiar para Evitar Ciberdelitos entre Adolecentes

julio 18, 2019 Desactivado Por Edgar Amigón Dominguez

Fortalecer los vínculos familiares es una de las formas más seguras y eficaces para evitar que los menores y los adolescentes caigan víctimas de un ciberdelito o padezcan de acoso en redes sociales.

Al clausurar el taller: Delitos Cibernéticos en Contra de la Niñez y la Adolescencia, la legisladora Laura Erika de Jesús Garza Gutiérrez (PES) enfatizo la relevancia que tienen los padres y madres al explicarle a un menor lo que implica el uso de un dispositivo móvil, las redes sociales y cómo pueden llegar a perjudicarlos si no saben usarlos de forma adecuada.

Indicó que revisarán los marcos legales con el objetivo que haya una previa capacitación de los infantes con el padre, madre o docente para que sepan cómo hacer uso responsable de las redes sociales, debido a que “la triste realidad, es que atrás de perfiles falsos, se encuentran personas que están acosando a los niños”.

Puntualizó que día con día la tecnología va innovando y cambiando, por lo que sería muy difícil evitar que personas con antecedentes de delitos sexuales, accedan a ellas. “Redes sociales siempre van existir y van a estar al acceso de todos, por lo que se trata nada más de educar a la infancia”.

María del Pilar Ramírez Argueta, asesora legal y coordinadora de proyectos para Latinoamérica y el Caribe del Centro Internacional para Menores Desaparecidos y Explotados, resaltó que en una revisión de la legislación de 196 países se encontró que en 35 regiones la pornografía infantil no es delito.

México, dijo, está muy avanzado para hacer una correcta persecución; sin embargo, aún falta la obligación por parte de los proveedores de servicios de Internet -que son precisamente las empresas de telefonía- de reportar si existe algún material dentro de sus plataformas.

Subrayó que en México no se tiene regulado específicamente la persecución de delitos como el grooming, el sexting y la sextorsión, y todavía faltan reformas para que puedan estar plenamente tipificadas.

Aclaró que esto no significa que no se puedan perseguir penalmente, “el hecho de que no se encuentren textualmente, no quiere decir que existan en el Código Penal o en la legislación criminal ciertos delitos en los cuales se puedan encuadrar las conducta

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