Deducir Gastos Médicos para Tener Devolución, Ofrece SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional pueden deducir gastos médicos en su declaración anual.

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal en curso, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.

Los gastos que se pueden deducir en la declaración anual son:

•   Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.

•   Gastos hospitalarios.

•   Medicinas incluidas en facturas de hospitales.

•   Honorarios a enfermeras.

•    Análisis o estudios clínicos.

•   Prótesis.

•   Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.

•   Lentes ópticos graduados.

•   Primas por seguros de gastos médicos.

Estos gastos son deducibles para el  contribuyente o,  en su caso,  para familiares directos (cónyuge,  concubina(o),  padres, abuelos,  hijos y  nietos)  que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.

Los gastos deben estar respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y haberse pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios.

También  son deducibles  los  gastos por salud derivados de incapacidades o  discapacidades mayores a 50% de la capacidad normal, siempre que se cuente con el certificado o la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.

Para  mayor  información,   el   SAT  pone  a  disposición de  los   contribuyentes  el   Visor   de deducciones personales en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/declaracion/94574/consulta-el-visor-de-deducciones-personales

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Edgar Amigón Dominguez:

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