Créditos del Fovissste deben ser en Moneda Nacional y en función de los ingresos de los trabajadores, PT

Créditos del Fovissste deben ser en Moneda Nacional y en función de los ingresos de los trabajadores, PT

diciembre 29, 2022 Desactivado Por Redacción Tecnoempresa

Con el propósito de que los montos máximos de los créditos que otorgue el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) se establezcan siempre en moneda nacional y en función de los ingresos de los trabajadores, la diputada del PT, Lilia Aguilar Gil  impulsa una iniciativa para reformar los artículos 20, 180 y 185 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Asimismo, la iniciativa turnada a las comisiones de Seguridad Social y de Vivienda, plantea establecer que los créditos devengarán intereses sobre el saldo “insoluto” a la tasa que determine la Junta Directiva, que no será menor del cuatro por ciento.

Además, suprimir del artículo 20 lo relativo a que: “En caso de que la omisión (de los descuentos) sea atribuible al trabajador o pensionado, se le mandará descontar hasta un cincuenta por ciento del sueldo”.

También eliminar el primer párrafo del artículo 185 que señala: “El saldo de los créditos otorgados a los trabajadores a que se refiere la fracción I del artículo 169 de esta Ley se revisará cada vez que se modifiquen los Salarios Mínimos, incrementándose en la misma proporción en que aumente el Salario Mínimo”.

En la exposición de motivos se argumenta que un problema que se presenta es que los créditos están referenciados a la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor aumenta de forma anual y variable, lo cual impacta en la certeza que el trabajador tiene respecto del crédito y los descuentos que habrán de hacerle para cumplir con su obligación crediticia.

Ejemplifica que en 2016 el valor diario de la UMA era de 73.04 pesos y para 2022 se incrementó a 96.22 pesos. Por ello, indica, es necesario que los créditos que otorgue el Fondo de la Vivienda establezcan sus montos y saldos en moneda nacional para evitar las actualizaciones anuales y el consecuente crecimiento de la deuda de los acreditados.

Explica que el primer párrafo del artículo 185 de la ley es un factor de incertidumbre para los acreditados del Fondo “pues no conocen con certeza cuál es la actualización que se les ha de aplicar, la de la UMA (que se incrementó en 6.6 pesos en el último año) o la del Salario Mínimo que tan sólo para el año 2022 tuvo un aumento de 22 por ciento”.

Otra de las afectaciones que sufren los acreditados, añade, es que actualmente la ley permite, bajo determinados supuestos, que se descuente hasta 50 por ciento del sueldo a los trabajadores, lo que atenta contra lo establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para considerar que se cumple con la asequibilidad de la vivienda y cuyo límite es 30 por ciento del ingreso.

Ante ello, se propone eliminar esta posibilidad y así no pueda retenerse al trabajador un porcentaje mayor al 30 por ciento determinado por la ONU.

Afirma que la propuesta de reforma tendrá un impacto presupuestario significativo; sin embargo, “no puede compararse ni compensarse éste frente a los beneficios que obtendrán los trabajadores en relación con el ejercicio de su derecho humano a la vivienda y el que el Estado mexicano se constituya en un verdadero y eficaz garante de la vivienda adecuada”.

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