Urge SAT a Contribuyentes a Realizar Declaración; Amplia Horarios

Urge SAT a Contribuyentes a Realizar Declaración; Amplia Horarios

abril 22, 2026 0 Por Edgar Amigón Dominguez

Con el fin de apoyar a contribuyentes en la presentación de la Declaración Anual 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informa que, del 22 al 30 de abril,  ampliará el horario de  atención de  9:00  a 18:00  horas, de lunes a viernes, en las 169  oficinas que hay en territorio nacional.

En un comunicado, el organism dijo que las y los contribuyentes pueden solicitar cita en el siguiente enlace https://citas.sat.gob.mx/

La autoridad fiscal recuerda que el 30 de abril es la fecha límite para cumplir con  esta obligación fiscal, por lo que hacerlo dentro del plazo evita multas o sanciones.

Como cada año, se implementaron mejoras que facilitan el cumplimiento de este trámite fiscal, cuya presentación puede realizarse a través del  Portal del  SAT, disponible las 24 horas del  día, durante todo abril,  en la siguiente liga:

https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html

Este  trámite es obligatorio para quienes obtuvieron ingresos por  las siguientes actividades:

1.   Sueldos y salarios:

•     Si la totalidad de los ingresos anuales por  este concepto excede los 400 mil pesos.

•     Si trabajaron para un  solo  empleador y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre de

2025.

•     Si obtuvieron ingresos distintos de salarios.

•     Si trabajaron de manera simultánea para dos o más empleadores.

•     Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener el ISR.

•     Si obtuvieron ingresos adicionales por  indemnización.

•     Si los  ingresos por  jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

2.   Servicios profesionales.

3.   Actividades empresariales. Incluye a Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con  coeficiente de utilidad.

4.   Arrendamiento de bienes inmuebles.

5.   Enajenación o adquisición de bienes.

6.   Intereses o dividendos.

Asimismo,  las  personas  que  tributan en  RESICO  pueden  quedar  relevadas  de   presentar  la Declaración Anual. Las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20 y 3.13.21, pueden optar por presentarla.

El SAT continúa  trabajando  para brindar  atención de  calidad  a las  y los  contribuyentes, a fin de facilitar  el  cumplimiento  voluntario  de  las  obligaciones fiscales  y  fortalecer  la  recaudación en beneficio de la nación.

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