Licencia con Goce de Sueldo a Trabajadores con Hijos con Cáncer, Diputados
abril 26, 2019Los padres o madres de menores a 16 años diagnosticados con cualquier tipo de cáncer, puedan gozar de licencia por cuidados médicos, a fin de ausentarse de sus labores en caso de que el niño, niña o adolescente requiera descanso médico, determinó el pleno de la Cámara de Diputados.
El dictamen a la minuta enviada por el Senado, señala que el cáncer es la causa número uno de muerte entre niños de cinco a 14 años de edad en México. Además, más de 23 mil familias tienen un caso de esta enfermedad en sus hogares, y cada año aumenta en 5 mil, el número de diagnosticados.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e ISSSTE podrán expedir a alguno de los padres trabajadores asegurados, una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento respectivo, a fin de que el patrón o patrones tengan conocimiento de tal licencia, la cual tendrá una vigencia de uno y hasta 28 días.
La licencia es con goce de sueldo y ello equivale al 65 por ciento del ingreso registrado en el IMSS.
Se expedirán tantas licencias como sean necesarias durante un periodo máximo de tres años sin exceder 364 días, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.
Los padres o madres trabajadores asegurados que hayan cubierto por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha del diagnóstico por los servicios médicos institucionales, y en caso de no cumplir con este periodo, tener al menos registradas 52 semanas de cotización inmediatas previas al inicio de la licencia, gozarán de un subsidio equivalente al 60 por ciento del último salario diario de cotización registrado por el patrón.
Los permisos cesarán: cuando el menor no requiera de hospitalización o de reposo médico en los periodos críticos del tratamiento; por el fallecimiento del niño; cuando el paciente cumpla 16 años y, el ascendiente que goza de la licencia sea contratado por un nuevo patrón.