
Juzgarán a Presidente por Corrupción y Delitos Electorales
febrero 18, 2020
El presidente de la república envió una iniciativa a la Cámara de Diputados para modificar dos artículos de la Constitución y de esta manera poder juzgar al ejecutivo federal por corrupción, delitos electorales y aquellos delitos por los que podrían ser enjuiciados cualquier ciudadano común.
El proyecto de decreto plantea reformar los artículos 108 y 111 de la Constitución Política del país y en el primer caso establece que durante el tiempo de su encargo, el presidente de la república sólo podrá ser acusado por traición a la patria, actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves en términos del segundo párrafo del artículo 19 de esta constitución.
“El presidente de la república, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser acusado por traición a la patria , actos de corrupción, delitos electorales y delitos graves en términos del segundo párrafo del artículo 19 de la constitución”, dice el documento.
El artículo 19 Constitucional a la letra dice lo siguiente:
“…Artículo 19 Constitucional.- Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del término de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de formal prisión en el que se expresarán: el delito que se impute al acusado, el lugar, tiempo y circunstancias de ejecución, así como los datos que arroje la averiguación previa, los que deberán ser bastante para comprobar el cuerpo del delito y hacer probable la responsabilidad del indiciado.
Este plazo podrá prorrogarse únicamente a petición del indiciado, en la forma que señale la ley. La prolongación de la detención en su perjuicio será sancionada por la ley penal.
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