Avalan Diputados 6 Iniciativas presidenciales, Cuatro de Carácter Social

Avalan Diputados 6 Iniciativas presidenciales, Cuatro de Carácter Social

agosto 2, 2024 Desactivado Por Edgar Amigón Dominguez

La Comisión de Puntos Constitucionales aprobó seis dictámenes, productos de las iniciativas enviadas por el jefe del ejecutivo el 5 de febrero pasado.

La aprobación era necesaria porque de lo contrario los documentos del presidente de la república quedaría sin efecto, ya que a partir del primero de septiembre inicia una nueva legislatura, la cual tendrá que aprobar en el pleno los dictámenes apoyados por los grupos parlamentarios.

Créditos para Vivienda Baratos

El dictamen del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece un sistema de vivienda con orientación social que permita obtener crédito barato y suficiente para su adquisición o mejora. También podrá construir vivienda para que las personas trabajadoras cotizantes puedan adquirirla o arrendarla, en los términos que fije la ley.

La reforma al artículo 123 de la Constitución Política, fue avalada en lo general con la unanimidad de 38 votos a favor, y en lo particular recibió 38 votos. Se remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para los efectos legales.

El dictamen argumenta que después de un año de cotización ante el Fondo, se podrá acceder a las viviendas en arrendamiento social; la mensualidad no podrá exceder del 30 por ciento del salario de las personas trabajadoras. Después de diez años de arrendamiento de una misma vivienda, se tendrá derecho a adquirirla en propiedad en los términos que establezca la ley.

Aumentos Salariales Arriba de la Inflación

Otro dictamen se refiere al aumento anual a los salarios mínimos, el cual no debe estar por abajo del porcentaje de la inflación anual.

Además, el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza.

La reforma al primer párrafo de la Fracción VI del Apartado A, precisa que los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán las áreas geográficas que se determinen y los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales.

En tanto, la adición de un tercer párrafo a la Fracción IV del Apartado B, garantiza que las maestras y los maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros, percibirán un salario mensual que no podrá ser inferior al salario promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

El dictamen argumenta que el salario a que hace referencia el párrafo anterior es de dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos con sesenta y ocho centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el Instituto Mexicano del Seguro Social actualizado por la inflación estimada para el año 2024.

Pensión por Vejez de 16, 700 pesos mensuales

El dictamen sobre pensiones también fue aprobada en la comisión,  y en él se establece que toda persona trabajadora tiene derecho a recibir una pensión justa por vejez.

Precisa que las personas trabajadoras con sesenta y cinco años de edad que empezaron a cotizar a partir del 1° de julio de 1997 en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y las que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), tendrán derecho a que su pensión por vejez sea igual al promedio de salario del último año de cotización, hasta por un monto equivalente al promedio registrado en el IMSS en los términos que establezca la ley.

La reforma, aprobada con 38 votos a favor, en lo general, y en lo particular con 31 votos a favor, 8 en contra y cero abstenciones, en los artículos transitorios establece que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Menciona que el salario a que hace referencia el párrafo tercero del artículo 123 de la Constitución Política es de dieciséis mil setecientos setenta y siete pesos con sesenta y ocho centavos, que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el Instituto Mexicano del Seguro Social actualizado por la inflación estimada para el año 2024. Este monto se actualizará el 1° de enero de cada año, de acuerdo con la inflación estimada para ese año.

El Congreso de la Unión, argumenta, deberá reformar las leyes correspondientes para adecuarlas al contenido del presente decreto en un plazo que no excederá de noventa días naturales a partir de su entrada en vigor. Además, determina derogar todas las disposiciones que se opongan a las reformas establecidas en el presente decreto.

En lo particular, se aceptó la reserva del diputado Marcos Rosendo Medina Filigrana (Morena) para agregar vejez, considerar el salario del último año de cotización, así como modificar y derogar transitorios que hacían referencia al Fondo de Pensiones para el Bienestar y que las instituciones de seguridad social del Gobierno Federal, en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, deberían hacer las adecuaciones reglamentarias.

Apoyados a Jóvenes en Capacitación

Los diputados de la comisión también su aval para que el Estado otorgue un apoyo económico mensual equivalente al menos a un salario mínimo vigente a jóvenes entre dieciocho y veintinueve años que se encuentren en desocupación laboral y no estén cursando algún nivel de educación formal, a fin de que se capaciten para el trabajo por un periodo de hasta 12 meses en negocios, empresas, talleres, tiendas y demás unidades económicas, en los términos que fije la ley.

En lo particular, se avaló con 38 votos a favor, cero en contra y una abstención, la reserva del diputado Óscar Cantón Zetina (Morena), a efecto de que la edad quede escrita en letra en lugar de número, es decir cambiar “18 y 29” por “dieciocho y veintinueve”, a fin de dar claridad al ordenamiento.

Salario Máximo, Solo el del Presidente

Finalmente, la Comisión de Puntos Constitucionales aprobó el dictamen mediante se expedir la ley general en materia de austeridad republicana y establecer que la remuneración de magistrados y jueces no podrá ser mayor a la del presidente de la República.

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