
Aprueban Diputados en Comisiones Crear Empresa Filial del Infonavit
enero 24, 2025Las comisiones unidas de Vivienda y Trabajo de la Cámara de Diputados aprobaron el dictamen de la minuta que reformas la Ley del Infonavit, con lo cual se creará una empresa filial al organismo tripartita y se otorgarán préstamos para adquirir una vivienda o rentarla a trabajadores que ganen entre uno a tres salarios mínimos.
De acuerdo con el documento, el máximo organismo del Infonavit será la Asamblea General, la cual estará conformada por 10 representantes del gobierno, 10 de los empresarios y 10 de los trabajadores.
Igualmente, otras estructuras internas son: Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría, la Dirección General, la Comisión de Inconformidades, el Comité de Transparencia y las Comisiones Consultivas Regionales.
El Consejo de Administración estará conformado por doce integrantes, designados por la Asamblea General en la forma siguiente: cuatro a proposición de los representantes del Gobierno Federal, cuatro a proposición de los representantes de las personas trabajadoras y cuatro a proposición de los representantes de las personas empleadoras.
El Consejo de Administración aprobará anualmente el presupuesto de inversión en construcción, garantizando en todo momento que se destinen los recursos suficientes para el otorgamiento de crédito a las personas trabajadores derechohabientes.
Los integrantes de los órganos colegiados del Instituto no recibirán remuneración alguna por el desempeño de su función, pero serán responsables por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley les impone.
Se espera que la empresa filial construya alrededor de un millón de vivienda, las cuales se destinarán a los jóvenes y a derechohabientes que ganen entre uno y tres salarios mínimos.
Asimismo, de acuerdo con estimaciones del Infonavit el costo de la vivienda disminuirá 30 por ciento debido a que se espera que la empresa filial comprará la materia prima a productores en un precio más bajo de lo que se observa en el mercado.
“Al cumplir un año de cotización continua, las personas trabajadoras derechohabientes también tendrán el derecho de participar en el programa de arrendamiento social de vivienda construida o administrada por el Instituto que se encuentre cerca de su centro de trabajo, y a participar en los programas de opción de compra de dichas viviendas”, de acuerdo con el dictámen.
Los descuentos por otorgamiento de crédito deben ser aceptados libremente por la persona trabajadora y no podrán exceder el 20% del salario para préstamos y 30% del salario para rentas.
Los recursos del Instituto o bajo su administración se destinarán:
A la construcción de vivienda que realice el Instituto, por conducto de una empresa filial, para fomentar la oferta destinada al arrendamiento social o adquisición en favor de las personas trabajadoras derechohabientes, así como el desarrollo económico local y la generación de empleos.
Los contratos y las operaciones relacionadas con los inmuebles a que se refiere el punto anterior, así como el desarrollo y ejecución de los conjuntos habitacionales que se edifiquen mediante los programas del Instituto, por sí mismo o a través de una empresa filial, estarán exentos de las autorizaciones y del pago de toda clase de impuestos, derechos o contribuciones de la Federación, de los Estados o de la Ciudad de México.
La empresa filial podrá construir viviendas en terrenos propiedad del propio Instituto, así como en terrenos que le asigne el gobierno federal, gobiernos locales, municipales o sus entes públicos mediante la prestación de servicios.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), auxiliada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, fijará las normas de carácter prudencial y sanas prácticas a que se sujetarán las operaciones en materia crediticia que realice el Instituto, atendiendo a esta Ley y a la naturaleza social de los fines del Instituto;
La SHCP, auxiliada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, supervisará y vigilará que las operaciones del Instituto en materia crediticia se ajusten a las normas establecidas y a las sanas prácticas.
La fiscalización del Instituto estará a cargo de la Auditoría Superior de la Federación y será competente para revisar la actividad del Instituto como organismo fiscal autónomo, la debida integración y administración del patrimonio del Instituto, el ejercicio del presupuesto de gastos de administración, operación y vigilancia, así como del presupuesto de inversión en materia de construcción y administración inmobiliaria.
El Instituto en sus programas de enajenación de vivienda a favor de las personas trabajadoras derechohabientes dará preferencia a aquellas que no cuenten con vivienda propia, procurando que el precio final de venta se calcule conforme a criterios sociales, sin fines de lucro o especulación comercial y considerando el nivel salarial de cada derechohabiente.
Con el fin de que el Instituto destine los recursos que integran su patrimonio o que están bajo su administración a la consecución de sus objetivos, estarán sujetos a lo siguiente:
El Instituto deberá solicitar, en su caso, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aprobación de los financiamientos que reciba;
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá las disposiciones para determinar las reglas prudenciales y sanas prácticas en materia de crédito a las que deberá apegarse el Instituto; y será la facultada para supervisar su cumplimiento.
La Secretaría podrá, en su caso, delegar sus facultades de supervisión a otras autoridades, las cuales contarán para su ejercicio con las atribuciones que establecen las normas aplicables.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá opinar sobre el régimen de inversión de los recursos del organismo.
Para tales efectos, el Instituto solicitará la opinión de la Secretaría previo a someter al Consejo de Administración las reformas a la normativa correspondiente, la cual deberá pronunciarse al menos tres días antes de la sesión y en caso de no hacerlo se entenderá en sentido afirmativo; La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con relación a las disposiciones señaladas en la fracción II anterior, podrá solicitar al Instituto información o aclaraciones relativos a su contabilidad, auditoría interna o estados financieros.
El dictamen será sometido al pleno este primero de febrero -cuando inicie el periodo ordinario de sesiones- para la discusión de las reservas y, si se aprueba, regresa al Senado de la República.