Aprueban Diputados Regular el Retiro de las Afores

Aprueban Diputados Regular el Retiro de las Afores

junio 23, 2025 Desactivado Por Edgar Amigón Dominguez

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular reformas al artículo 191 de la Ley del Seguro Social, en materia de seguro por desempleo

De acuerdo con el diputado morenista Alejandro Carvajal Hidalgo, integrante de la Comisión de Seguridad Social, la reforma busca regular los retiros parciales por desempleo, a fin de evitar que se afecte la pensión de los trabajadores.

En rueda de prensa, alertó que actualmente se está promoviendo, por medio de despachos “fraudulentos que ofrecen un servicio ilegal y abusivo”, el retiro por desempleo de la Afore por hasta 30 mil pesos, lo que tendrá efectos negativos en tu pensión.

Indicó que, en el primer trimestre de 2025, casi medio millón de personas trabajadoras realizaron retiros por un total de 8 mil 238 millones de pesos, y se considera que de estos 400 mil que hicieron estos retiros, cerca del 60 por ciento fueron retiros manipulados por los despachos, dando de alta al trabajador un día en el sistema de Seguridad Social con el tope del salario para lograr un retiro por desempleo mucho más alto.

Lo anterior es posible, ya que el artículo 191, fracción II, apartado A), establecía que, si su cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta en el sistema ahorro para el retiro, podrá retirar en una sola exhibición la cantidad que resulte el equivalente a 30 días de su último salario base de cotización.

“Por eso estamos modificando la fracción II del 191 para que se tome en cuenta no el último salario, sino el promedio de las últimas 52 semanas de cotización, es decir, el promedio del último año cotizado”, explicó Carvajal Hidalgo.

El objetivo, resaltó, es que haya armonización en la ley y para que evitemos que miles o quizá millones de trabajadores en un futuro se queden sin las semanas necesarias para lograr una pensión.

De acuerdo con un documento de Morena, la finalidad de la iniciativa es establecer mecanismos de regulación y control sobre los retiros parciales por desempleo de las subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV), con el fin de prevenir y erradicar prácticas indebidas promovidas por gestores o despachos externos.

Estas prácticas incluyen simulaciones jurídicas para obtener montos mayores del retiro, cobro de comisiones excesivas, descuentos injustificados de semanas cotizadas, y posibles fraudes o robos de identidad. La iniciativa busca garantizar que este derecho de los trabajadores se ejerza de manera transparente, segura y sin intermediarios que lucren con su vulnerabilidad económica.

Elementos normativos destacados

Se reforma el inciso a) y b) de la fracción II; y el párrafo segundo de la fracción II del artículo 191 de la Ley del Seguro Social.

Se deroga el tercer párrafo del inciso b) de la fracción II del artículo 191 de la Ley del Seguro Social.

Beneficios

Protección del ahorro del trabajador: Proteger los recursos ahorrados en la subcuenta de RCV de los trabajadores, evitando que se disminuyan de forma indebida o excesiva por prácticas de “gestores”.

Combate a prácticas fraudulentas: Se busca combatir las “simulaciones jurídicas” y las acciones de “gestores” que intermedian en los retiros parciales por desempleo, cobrando comisiones elevadas y exponiendo a los trabajadores a riesgos de fraude o robo de identidad.

Evitar la disminución indebida de semanas cotizadas: Se busca prevenir la afectación de las semanas cotizadas de los trabajadores, ya que los retiros parciales conllevan un descuento proporcional de estas.

Cálculo más justo y acorde al historial salarial: La modificación propuesta busca que el monto del retiro sea calculado de manera más integral, considerando el historial salarial del trabajador (por ejemplo, el promedio del salario base de cotización de las últimas semanas o años), en lugar de solo el último salario, para que el retiro sea más acorde a sus necesidades reales y no afecte tan drásticamente su ahorro.

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Líneas argumentativas

En la esfera internacional, las prestaciones de desempleo están contempladas en diversos cuerpos normativos, en particular en el Convenio 102 Relativo a la Norma Mínima de la Seguridad Social convocada por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, establece en el artículo 19 correspondiente al apartado IV sobre “Prestaciones de Desempleo”, que todo miembro parte del Convenio debe garantizar a las personas protegidas la concepción de prestaciones de desempleo que por la naturaleza de la misma situación jurídica requiera.

Se ha detectado que un gran número de trabajadores asegurados, con intervención de aparentes promotores y gestores, quienes a través del cobro de un porcentaje del seguro de desempleo (que llega a ser incluso del 30%), simulan una operación en la reactivación al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social por un período de solo algunos días registrando salarios base más altos a los que realmente tienen los trabajadores en sus relaciones laborales.

Es necesario regular los retiros parciales por desempleo para proteger el ahorro de los trabajadores y evitar que sean víctimas de prácticas que menoscaben sus derechos y su futuro pensional.

Se ha puesto en riesgo los ahorros y semanas de cotización de las personas trabajadoras, lo que ha producido que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro tuviera que implementar mecanismos de validación en las aplicaciones y sistemas de las Afores.

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