Mayor Cuidado al Medio Ambiente con la Ley General de Economía Circular, PVEM

Diputados y diputadas del PVEM y de Morena celebraron la aprobación, por unanimidad, del dictamen que expide la Ley General de Economía Circular, y confiaron que en el Senado de la República se discuta a la brevedad.

“La ley de economía circular, una legislación que hace muchos años el PVEM viene trabajando e impulsando y, gracias al trabajo de varias legisladoras y legisladores, el día de hoy aquí en Cámara de Diputados se hace realidad.

“Celebramos y reconocemos la participación de todos los grupos parlamentarios, es una iniciativa que construimos junto con el Poder Ejecutivo, pero que desde el Partido Verde venimos impulsando y logramos construir, con uso y ejercicio de la política, una unanimidad”, expresó el diputado Carlos Puente Salas, coordinador del Grupo Parlamentario del PVEM.

Destacó que en la construcción de esta ley se hizo “un gran equipo y trabajó con todos los grupos parlamentarios, así es que logramos este resultado, les decimos: Sí se puede construir a favor de México”.

El diputado Raúl Bolaños-Cacho Cué (PVEM), vicepresidente de la Mesa Directiva, explicó que, actualmente, la industria introduce un producto al mercado, mismo que al culminar su vida útil termina en la basura, con este marco normativo “las empresas se obligan a regresarlo al círculo económico reciclándolo, reutilizándolo o reusándolo, eso es en general de lo que trata la iniciativa”.

Abundó que se busca que “la Secretaría de Medio Ambiente (Semarnat), en coordinación con las dependencias de las cuales está sectorizada, puedan monitorear con metas claras a la industria para que poco a poco vayan reintroduciendo a su mercado todos estos productos que son desechados”.

De igual forma, aclaró, los recolectores de basura no quedaron fuera, “es un sector de nuestra sociedad que estaba a veces invisibilizado”; sin embargo, con esta ley si “en algún vertedero encuentra un producto que ya terminó su vida útil y lo lleva a la industria para que lo reincorpore o lo reutilice le puede pagar una remuneración”.

Dicha ley tiene por objeto cuidar y conservar al medio ambiente de economía circular para incrementar la vida útil de los productos, minimizar, recuperar, aprovechar y valorizar los residuos, así como establecer la concurrencia de atribuciones entre la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

El documento, que deriva de diversas iniciativas de diputadas y diputados de Morena, PAN, PVEM, PRI y MC, también modifica las leyes generales del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

Sus objetivos son impulsar y definir las políticas públicas en materia de economía circular con base en los principios, criterios y definiciones de esta ley; instituir e impulsar los mecanismos directos e indirectos de circularidad que sean ambiental, técnica y económicamente viables que deben aplicarse a los materiales, los residuos y las categorías de productos.

También, establecer los acuerdos generales de implementación de la responsabilidad extendida del productor, con los que se obliga, por sector industrial, comercial o de servicios, o por producto, a obtener la inscripción de la gestión circular en el Registro de Economía Circular y cumplir los términos y condiciones de dicha gestión, con la participación del sector productivo; fijar la responsabilidad compartida en materia de circularidad de otros agentes económicos, consumidores y entes públicos, la cual es complementaria a la responsabilidad extendida del productor.

Fomentar e impulsar la economía circular a través de instrumentos económicos y de distintivos de comercialización que establezca la normativa aplicable; establecer el procedimiento para la auditoría ambiental voluntaria, así como las medidas de control y vigilancia, y fomentar, impulsar e implementar la estrategia nacional y las políticas en la materia de economía circular.

Asimismo, la educación y cultura de la circularidad, la innovación tecnológica y la infraestructura circular, el acopio de productos susceptibles de reciclaje, la reducción del desperdicio de alimentos y el incremento en su aprovechamiento, y la cooperación internacional.

Define a la economía circular como el modelo económico de producción y consumo sostenible que incluye soluciones sistémicas para el desarrollo económico, que disminuyen el impacto ambiental mediante ciclos técnicos y biológicos que permiten la permanencia y reintegración sustentable de los materiales de los productos a la economía, el cual tiene como principios rectores la eliminación de residuos y la contaminación, mantener productos y materiales en uso, así como regenerar los sistemas naturales.

Contempla a la persona recicladora de base o pepenadora, quien será la persona que, de forma independiente o colectiva, realiza la recolección, separación manual, comercialización y reciclaje de materias primas secundarias. Crea la Plataforma del Sistema Nacional de Información Pública de Economía Circular, el cual tendrá como objetivo la coordinación entre los tres órdenes de gobierno para el cumplimiento de los fines de la economía circular de acuerdo con los criterios y principios establecidos en esta Ley.

También prevé distribuir las competencias de los tres niveles de gobierno respecto de la economía circular, contempla políticas públicas y mecanismos de circularidad, observa que la gestión circular deberá incorporar integralmente los aspectos ambientales, funcionales, económicos y sociales a lo largo del ciclo de vida de materiales, productos y residuos, y determina que la Semarnat analizará y autorizará la inscripción de la gestión circular y podrá formular observaciones o requerir información.

Considera que la inscripción de la gestión circular y el cumplimiento a las metas de gradualidad y a las demás obligaciones que de dicha inscripción emanan, estarán sujetas a reportes establecidos en el acuerdo general de implementación de la Responsabilidad Extendida del Productor y los convenios de concertación inscritos.

Crea el Programa Nacional como un instrumento de planeación, en los términos de la Ley de Planeación, que integre, coordine e impulse políticas públicas, subprogramas, proyectos y actividades, bajo los criterios y principios de economía circular previstos en la presente Ley, con el fin de alcanzar objetivos de protección ambiental, la implementación de mecanismos que sean ambiental, técnica y económicamente viables para la promoción del desarrollo de la economía circular.

Subraya que la Semarnat autorizará el uso del Distintivo Nacional de Economía Circular para identificar los productos que cumplen con los principios y criterios de economía circular; al Ejecutivo Federal le corresponderá la expedición de instrumentos económicos para fomentar la economía circular, alineados con el Programa Nacional y al Reglamento de esta Ley.

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Edgar Amigón Dominguez: Periodista especializado por mas de 30 años en política y sector laboral, con trayectoria en medios como Unomásuno, Canal 11 y El Financiero. Su trabajo ha combinado el análisis crítico con la cobertura puntual de temas sindicales, legislativos y de gobierno. Apasionado de la música, encuentra inspiración en el rock en español y en inglés, explorando sus diversas corrientes y épocas. Su enfoque combina oficio periodístico con una sensibilidad cultural que enriquece su visión del acontecer político y social.

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