Propone PRI Regular Íntegramente el Outsourcing

octubre 17, 2019 Desactivado Por Edgar Amigón Dominguez

 

El líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), el diputado federal, Isaías González Cuevas, dio a conocer su iniciativa para regular el Outsourcing y de esta manera hacer que cumplan con las obligaciones constitucionales, como otorgar seguridad social a sus empleados, pagar los impuestos correspondientes y cumplir con los requisitos que solicita la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

El convenio que el Subcontratista firme con la o las personas que contrate, deberá señalar el salario por el que se contrata, las prestaciones que se obliga a otorgar y deberá contener las provisiones en materia de seguridad social y las garantías que establece esta Ley, así como las del Contrato Colectivo, cuando exista, dice el documento.

Añade en su artículo 13 que no serán considerados Subcontratistas sino patrones, las empresas establecidas que contraten trabajos para ejecutarlos con elementos propios suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores.

En caso contrario serán responsables por las obligaciones contraídas con los trabajadores subcontratados.

Los trabajadores tendrán los derechos siguientes:

  1. Percibirán integro el salario contratado.
  2. Prestarán sus servicios en las mismas condiciones de trabajo y tendrán los mismos derechos que correspondan a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa o establecimiento; y

III.   Los Subcontratistas no podrán recibir ninguna retribución o comisión con cargo a los salarios de los trabajadores subcontratados.

En el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo las modificaciones son las siguiente:

En las empresas que ejecuten obras o servicios en forma exclusiva o principal para otra, y que no dispongan de elementos propios suficientes de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13, se observarán las normas siguientes:

  1. La empresa beneficiaria será responsable de las obligaciones contraídas con los trabajadores subcontratados; y
  2. Los trabajadores empleados en la ejecución de las obras o servicios tendrán derecho a disfrutar de condiciones de trabajo proporcionadas a los trabajadores que ejecuten trabajos similares en la empresa beneficiaria.

El tipo de trabajo de la subcontratación deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  1. a) Garantizar la seguridad social, salud e higiene de los trabajadores subcontratados.
  2. b) Otorgar prestaciones como vacaciones, aguinaldo y días de descanso obligatorios.
  3. c) Cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones fiscales.
  4. d) No podrá abarcar la totalidad de las actividades iguales o similares que se desarrollen en el centro de trabajo o en otras instalaciones de la misma razón social.
  5. e) El Secretaría la justificación emitida por el contratista sobre el carácter Subcontratista deberá presentar ante la especializado o excepcional a realizar por el personal sujeto al régimen de subcontratación.
  6. f) Por ningún motivo podrá comprender actividades iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores al servicio del contratante en el centro de trabajo o en otras instalaciones de la misma razón social.

Otro punto de la reforma dice que las conductas y hechos que contravengan las disposiciones de enterar al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Sistema de Administración Tributaria la totalidad de las percepciones y prestaciones adicionales del personal subcontratado, serán sancionados de conformidad con las leyes en la materia y conforme al Código Penal Federal.

En el artículo 15-B se precisa que contrato que se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un contratista, deberá constar por escrito.

La empresa contratante deberá cerciorarse al momento de celebrar el contrato a que se refiere el párrafo anterior, que la contratista cuenta con la documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores.

Otro punto destacado de la iniciativa se refiere a que la empresa contratante de los servicios deberá cerciorarse permanentemente que la empresa contratista, cumple con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.

Lo anterior, podrá ser cumplido a través de una unidad de verificación debidamente acreditada y aprobada en términos de las disposiciones legales aplicables.

De acuerdo con el documento, la empresa contratante de los servicios y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, deberán cerciorarse permanentemente que las empresas Subcontratistas cumplen con las disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud, paridad de género, no discriminación y medio ambiente en el trabajo, respecto de los trabajadores de esta última.

No se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales; en este caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley.

Igualmente no se permitirá el régimen de subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la contratante a la subcontratista con el fin de disminuir derechos laborales, las obligaciones fiscales y de seguridad social; en este caso, se estará a lo dispuesto por el artículo 1004-C y siguientes de esta Ley.

El mencionado Artículo 1004-C.- dice que a quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta Ley, se le impondrá multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.      }

“Artículo 1004-C.- A quien utilice el régimen de subcontratación de personal en forma dolosa, en términos del artículo 15-D de esta Ley, se le impondrá multa por el equivalente de 500 a 10000 veces la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las demás sanciones administrativas y penales a que haya lugar”, dice el documento.

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