Blindan Diputados el Trabajo Agrícolas de Menores

marzo 15, 2018 Desactivado Por Edgar Amigón Dominguez

 

Edgar Amigón Domínguez

 

La Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó cuatro dictámenes que modifican la Ley Federal del Trabajo sobre la actividad agrícola de jóvenes de 15 a 18 años edad, discriminación al solicitar empleo, contratos individuales de trabajo y actividades no consideradas en esta ley.

El secretario del organismo, Leobardo Soto Enriquez, señaló que con el respaldo a estos dictámenes se da un paso importante hacia la estabilidad en el empleo y , se garantiza la seguridad social para todos los trabajadores, entre otros puntos.

Mencionó que la reforma el artículo 176, fracción III numeral 8 de la Ley Federal del Trabajo, se establece con precisión cuáles son las labores que se consideran riesgosas o insalubres para jóvenes de 15 a 18 años que laboran en el sector agrícola, con el fin de dotarlos de certeza jurídica.

Agregó que actualmente la Ley Federal del Trabajo no prevé ni cataloga específicamente cuáles son las actividades permisibles y prohibidas a desempeñar en el campo de la agricultura.

Otro dictamen aprobado surge de una minuta que plantea reformar el artículo 265 de la Ley Federal del Trabajo, propone establecer que el pilotaje o practicaje sean considerados como una actividad profesional, tal como ya está contemplada en la Ley de Navegación y Comercio Marítimo.

El tercer dictamen reforma los artículos 3 y 994 de la Ley Federal del Trabajo, con el fin de establecer que no se considerarán discriminatorias las distinciones, exclusiones o preferencias que se realicen cuando, para ocupar una vacante en algún trabajo, sean necesarias habilidades o conocimiento específico.

“Su intención es especificar en qué casos no se considerará aplicable la prohibición de las condiciones de discriminación que prescribe el artículo 3”, expuso la presidenta de la comisión Georgina Zapata.

La Comisión determinó adecuar el texto del original, con la finalidad de contar con un lenguaje incluyente.

El cuarto dictamen reforma y adiciona los artículos 25, 25. 132, y 994 de la Ley Federal del Trabajo, para que los contratos individuales de trabajo y las condiciones generales, sean firmados por las partes interesadas, quedando, en el mismo acto, un original en poder de cada una de las partes. Así como sancionar a los patrones que no cumplan con ello.

 

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